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Uso adecuado Bandera Nacional

No siempre ha sido privilegio de los habitantes de un país enarbolar su bandera. En la Edad Media las banderas ondeaban desde los fuertes, y a medida que se sucedían las colonizaciones, se enarbolaban como símbolos de posesión. Siempre eran los representantes de los gobiernos los que enarbolaban las banderas. En realidad, las banderas no eran propiedad del pueblo.

El deseo de un individuo de enarbolar la bandera de su país como expresión de patriotismo, se inició en la mayoría de los países después de las guerras napoleónicas, y aunque muchos monarcas reinantes trataron de prohibir la práctica, sus esfuerzos resultaron en vano.

Algunos países tienen regulaciones para poder enarbolar la bandera en forma privada. En tierra, estas regulaciones varían de un país a otro, pero en el mar las regulaciones son muy estrictas y casi todos los países las han adoptado. La bandera o insignia de un país ha llegado a ser un símbolo de honor.

La Bandera Nacional Chilena esta compuesta de tres colores y una estrella:

Rojo: Representa la sangre derramada por los héroes de la historia de Chile, así como también al Copihue, flor nacional.

Azul: Representa la pureza del cielo de nuestro país.

Blanco: Representa la blanca nieve de nuestra Cordillera de los Andes.

Estrella: Representa que nuestra patria es independiente y unitaria.

Con respecto al uso, el Decreto Nº 1534 publicado en el Diario Oficial el 12 de diciembre de 1967 dice lo siguiente en el artículo 2:

"Con excepción de los días 21 de mayo y 18/19 de septiembre de cada año, en que deberá izarse obligatoriamente y hasta el tope, ninguna persona ni reunión de personas podrá usar en público y enarbolar en los edificios públicos o particulares la bandera nacional sin la correspondiente autorización".

Más adelante se lee: "Si la bandera nacional hubiere de acompañarse de otros pabellones, se procederá así:

  1. Cuando sólo sea un pabellón extranjero, se le ubicará a la izquierda del espectador.
  2. Si esta acompañada de un número par de pabellones extranjeros, ocupará el centro de ellos.
  3. Si se coloca junto a un número impar, ocupará el primer lugar al lado izquierdo del espectador, u otra ubicación en forma que se destaque.
  4. En todo caso el ejemplar expuesto de la bandera nacional no podrá ser inferior en tamaño a los demás, ni colocarse a menos altura que éstos.

El artículo tercero dispone : "En el exterior de los edificios o construcciones la bandera se expondrá en ejemplar de tamaño proporcionado, en buen estado de conservación y limpieza. Se la enarbolará en un asta de color blanco, cuya longitud no será inferior a cuatro tercios de su vuelo, izada al tope. Cuando no fuere posible izarla en un asta o mástil, se le colocará extendida totalmente en forma horizontal, debiendo quedar en ambos casos el cuadro azul en la parte superior y a la izquierda del espectador".

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